1. Los 3 requisitos indispensables de la Agencia Tributaria (AEAT)
Para que una obra o reforma de albañilería, fontanería, electricidad o pintura pueda tributar al tipo reducido del **10% de IVA** en lugar del 21% general, deben cumplirse simultáneamente los siguientes tres requisitos fijados por el Artículo 91 de la Ley 37/1992 del IVA:
1. **Destinatario particular:** La persona que encarga la obra debe ser una persona física que destine el inmueble a su vivienda particular (o una Comunidad de Propietarios para zonas comunes del edificio residencial).
2. **Antigüedad del inmueble:** La vivienda debe haber sido construida o rehabilitada al menos **2 años antes** del inicio de las obras.
3. **Límite de materiales (Regla del 40%):** El coste de los materiales aportados por la empresa o autónomo que realiza la reforma no puede superar el **40% de la base imponible total** de la obra.
2. Cómo calcular la regla del 40% de materiales con un ejemplo real
Supongamos una reforma de baño con un presupuesto total de **6.000 €** (Base Imponible):
- Si la mano de obra, desescombro y medios auxiliares suman **4.000 €** y los materiales aportados (plato de ducha, azulejos, tuberías) suman **2.000 €** (33,3% del total):
-> **Se aplica el 10% de IVA a los 6.000 € completos.** (IVA = 600 € | Total = 6.600 €).
- Si los materiales elegidos son de gama muy alta y suman **3.200 €** (53,3% del total, superando el 40%):
-> **Toda la factura tributa obligatoriamente al 21% de IVA.** (IVA = 1.260 € | Total = 7.260 €).
3. Cláusula obligatoria que debes incluir en la factura emitida
Para blindar la factura ante una inspección fiscal, es obligatorio que el cliente firme una declaración jurada de uso particular y que en el pie de la factura figure la siguiente mención:
*'Factura emitida al tipo reducido del 10% de IVA conforme al Artículo 91.Uno.2.10º de la Ley 37/1992 del Impuesto sobre el Valor Añadido, manifestando el cliente que el inmueble se destina a vivienda particular y han transcurrido más de dos años desde su construcción.'*
Preguntas frecuentes sobre este tema
¿Qué ocurre si el cliente compra los azulejos por su cuenta?
Si el cliente adquiere directamente los materiales en el almacén y el reformista solo factura la mano de obra de colocación, la factura de mano de obra tributa al 10% de IVA sin problemas de límites.
¿Se aplica el 10% en locales comerciales o despachos?
No. Las reformas en locales comerciales, naves u oficinas siempre tributan al tipo general del 21% de IVA, sin importar la antigüedad.